viernes, 30 de marzo de 2012

7.3- Las Relaciones Internacionales.

Las relaciones exteriores de México se conllevan al contexto internacional y a los principios establecidos en el Artículo 89, fracción X, de la constitución de los Estados Unidos Mexicanos, donde obliga a remontarse al nacimiento de México como nación libre y soberana en los albores del siglo XIX.

Desde el siglo XIX, las relaciones exteriores de México se dan justo después del nacimiento deMéxico a la vida independiente, contrajo a la par una serie de intervenciones extranjeras y el no reconocimiento de Estados como el de la Santa Sede y el de la Corona Española. Como resultado de la firma de los Tratados de Córdoba se dio la existencia legal de la nueva nación, a la cual se agregaban, además de sus múltiples problemas, las asechanzas del exterior. Así, se procedió a crear la Junta Provisional de Gobierno, fase previa a la instauración del modelo monárquico que en esa primera etapa de agrupación político-administrativa adoptaría México. Esta Junta Provisional designó a la Regencia del Imperio Mexicano, órgano de carácter ejecutivo que, en su calidad de gobernador interino, nombró al que sería en nuestro ámbito el primer Secretario y le confirió el título de Secretario de Negocios y Relaciones Interiores y Exteriores. Las funciones de éste serían reguladas por el Decreto para el establecimiento de los ministerios del 8 de noviembre de 1821, en el que se señala la creación de cuatro Secretarias de Estado y del Despacho Universal, siendo una de ellas la Secretaría Secretaria de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores e Interiores, para la que se fijó como su ámbito de competencia el atender y despachar todas las relaciones diplomáticas con las partes extranjeras.

El estado mexicano adoptada en la constitución de 1824, un régimen de gobierno con carácter republicano federal, precisándose en ella las atribuciones del Congreso General respecto del desarrollo de las relaciones internacionales (Art. 50), las del presidente de la República, en materia de nombramiento y remoción de secretarios, enviados diplomáticos y cónsules, así como en la concertación de compromisos internacionales (artículo 110). Del mismo modo, se delineaba la organización administrativa y funciones de los despachos en los negocios del gobierno (artículos 117 a 122). Acorde con la nueva estructura jurídico-política, y ante el incremento de los compromisos internacionales de México, se procedió, el 7 de julio de 1826, a expedir el primer Reglamento Interior del Ministerio de Relaciones Exteriores e Interiores, en el que se delimitaron tanto sus responsabilidades como sus atribuciones. Y para el 31 de diciembre de 1829, el General Vicente Guerrero expidió la primera ley del Servicio Exterior Mexicano. En este último documento, se estipularon las reglas por las cuales se establecían Legaciones Ordinarias,Legaciones Extraordinarias y Consulados.

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